Publicado: 21 de Noviembre de 2016
En muchas ocasiones el comprador cuando toma la decisión de adquirir una vivienda en propiedad se encuentra en que existen varias clasificaciones de la misma: Viviendas de Protección Oficial (VPO), Viviendas de Precio Tasado (VPT) y Viviendas de precio libre, todo dependerá de los ingresos que tenga el futuro comprador.
Las viviendas libres o vivienda de renta libre: es la vivienda promovida por una empresa privada (no por un organismo público) y por tanto, el precio de venta no tiene limitaciones. El precio dependerá del mercado, en épocas de burbuja inmobiliaria el precio sube y en épocas de crisis, como la que ha tenido lugar en España estos últimos años baja, es decir, el precio dependerá de las fluctuaciones del mercado, no está sujeto a precios máximos que marquen las autoridades públicas. El comprador que adquiera esta clase de viviendas no necesitará de otro requisito que el de encontrar una entidad financiera que le conceda el crédito hipotecario, si es que necesita de financiación para adquirirlaLas Viviendas de Protección Oficial (VPO): al contrario de las anteriores, el precio de las VPO está establecido por las Administraciones Públicas, además de marcar las condiciones que tiene que cumplir el comprador para acceder a esta clase de viviendas (los ingresos que obtiene, etc.), además las VPO deben cumplir con una serie de características (metros cuadrados, etc.). Las VPO cuentan con ayudas, subvenciones, aplicables tanto para el promotor (el que las construye) como para el comprador. Lo que las distingue de las anteriores, es que la Administración fija un precio máximo de venta, que está por debajo del precio en el mercado de las viviendas de renta libre, aunque el comprador de una VPO deberá cumplir una serie de compromisos con respecto al uso (vivienda habitual, no las podrán vender en un plazo determinado y en el momento en que las puedan vender, lo harán dentro de unos límites de precio fijados por la Administración: precio máximo de venta, no pueden tener en propiedad otra vivienda…).
Las VPO pueden ser tanto de promoción pública como privada (propietario-constructor es una empresa privada), la diferencia es que en las de promoción pública el futuro comprador las suele adquirir por sorteo, siempre y cuando cumpla con las condiciones económicas que exija la Administración para acceder a esta clase de viviendas.
Las Viviendas de Precio Tasado (VPT), el precio máximo de venta está limitado o tasado, el futuro comprador también tiene que cumplir unos requisitos en cuanto a los ingresos que percibe y condiciones especiales, la diferencia con las VPO estriba en que las VPT la renta mínima que se les exige a las familias que quieran optar por esta clase de viviendas no es tan baja como las que se les exige para una VPO, pero no es una renta libre o un precio libre como las viviendas de renta libre. Son los Planes de Vivienda vigentes en el momento de adquirir la vivienda, los que establecerán las condiciones, el precio…